← MAYA LEX IA

Artículo 217

Legislación penal vigente de Honduras — norma verificada

Artículo 217. Depósito y comiso de cosas y documentos secuestros. Los objetos y documentos relacionados con el delito que puedan ser importantes para la investigación y los que puedan ser objeto de comiso, serán tomados en depósito por las respectivas autoridades o asegurados y conservados del mejor modo posible. Quienes tengan en su poder objetos o documentos de los señalados en el párrafo anterior, deberán present…

Obtenga el análisis jurídico completo de este artículo, con jurisprudencia y aplicación práctica al caso concreto

Iniciar sesión con MAYA LEX IA →

Gratis para empezar · Sin tarjeta de crédito